Qué es, cuándo se necesita y para qué sirve
Qué es, cuándo se necesita y para qué sirve
De acuerdo con el artículo 152.5 y 152.6 de la LUIB, cuando la licencia urbanística municipal se haya concedido sobre la base de un proyecto básico, es obligatorio presentar ante el Ayuntamiento el proyecto de ejecución en el plazo máximo de nueve meses.
La función de ADDIENT como EPCU en este trámite consiste en verificar que el proyecto de ejecución desarrolla completamente la obra sin alterar los usos, condiciones o prestaciones del proyecto básico autorizado, emitiendo el informe de comprobación de adecuación que valida la iniciación material de las obras.
Requisitos
Requisitos
- Requisitos para la tramitación:
- Disponer de la licencia urbanística concedida sobre el Proyecto Básico.
- Presentar el Proyecto de Ejecución completo suscrito por técnico competente y visado.
- Presentar la solicitud dentro del plazo de 9 meses desde la concesión de la licencia básica.
- Exclusiones:
- Proyectos de ejecución que introduzcan modificaciones sustanciales respecto al proyecto básico (alteración de volumen, edificabilidad, altura, posición o incremento de viviendas), las cuales deberán tramitarse mediante modificación de licencia (Art. 156.1 LUIB).
Cómo se tramita
Cómo se tramita
- Cotejo técnico: Análisis comparativo del Proyecto de Ejecución frente al Proyecto Básico con el que se obtuvo la licencia.
- Verificación de detalle: Comprobación de que no se rebajan las prestaciones declaradas ni se modifican los parámetros urbanísticos aprobados.
- Emisión de Certificado de Adecuación: ADDIENT emite la certificación favorable de adecuación del proyecto de ejecución.
- Habilitación de obras: Traslado del certificado al Ayuntamiento dentro del plazo de comprobación de un mes, quedando el promotor habilitado para dar inicio inmediato a la construcción.