Qué es, cuándo se necesita y para qué sirve
Qué es, cuándo se necesita y para qué sirve
La licencia de primera ocupación y funcionamiento acredita que las obras y actividades se han ejecutado conforme al proyecto autorizado en la Licencia Urbanística y que el inmueble se encuentra terminado y apto para el uso y actividad prevista.
Es exigible para determinadas actividades sujetas a licencia urbanística, especialmente las incluidas en el Anexo I de la Ordenanza 6/2022, así como cuando lo establezca la normativa sectorial. Como ECU, ADDIENT interviene en la comprobación de la actuación ejecutada y verifica su conformidad con las condiciones urbanísticas, ambientales y de seguridad aplicables.
También puede realizar actos de comprobación de obras potestativas durante la ejecución de las mismas a solicitud del titular. En el caso de haber tramitado una Licencia Básica dentro del procedimiento de Licencia Urbanística, el acto de comprobación final de las obras de ambas será único
Requisitos
Requisitos
Una vez finalizadas las obras, es necesario aportar la documentación técnica y administrativa que permita acreditar su correcta ejecución.
Con carácter general, puede requerirse:
- Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa
- Documentación que acredite que las obras ejecutadas se ajustan al proyecto y a la licencia concedida.
- Certificados, contratos de mantenimiento y documentación de las instalaciones afectadas.
- Justificación del cumplimiento de las condiciones de seguridad, accesibilidad y protección contra incendios, cuando resulten aplicables.
- Autorizaciones o documentación sectorial necesaria para la actividad.
- Levantamiento topográfico del estado final de la obra ejecutada.
- Declaración del coste real y efectivo de la actuación terminada.
ADDIENT revisa previamente la documentación y comprueba que el expediente está preparado para la inspección final.
Cómo se tramita
Cómo se tramita
Una vez terminada la actuación, se comunica la finalización de las obras y se presenta la documentación correspondiente. La ECU realiza una visita de comprobación, levantando acta en el que se verifica que las obras y la actividad se ajustan al proyecto aprobado y a las condiciones de la licencia y que están debidamente terminadas y aptas. Si durante la comprobación se detectan deficiencias, deberán subsanarse antes de obtener la conformidad definitiva.
Si el resultado es favorable, se emite el correspondiente certificado de conformidad con efectos equiparables al informe técnico municipal establecido por la legislación urbanística.
La licencia de primera ocupación y funcionamiento habilita para la utilización de la edificación y el ejercicio de la actividad, sin perjuicio de otras autorizaciones administrativas que puedan resultar necesarias. A partir de ese momento continúa la tramitación municipal hasta la emisión de la Licencia de Primera Ocupación y Funcionamiento, mientras ADDIENT realiza el seguimiento del expediente y acompaña al equipo técnico ante posibles observaciones o ajustes.