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Revisamos y certificamos las Modificaciones Técnicas de Obra (MTO) no sustanciales durante la ejecución de los trabajos, permitiendo la continuidad de la obra sin paralizaciones administrativas. En el caso de tratarse de modificaciones substanciales, se requerirá la paralización de las obras y la solicitud de una nueva licencia urbanística.

Qué es, cuándo se necesita y para qué sirve

Qué es, cuándo se necesita y para qué sirve

Durante el desarrollo de una obra de edificación es frecuente introducir ajustes o variaciones técnicas. Conforme al artículo 156.2 de la LUIB, las modificaciones que afecten a la estructura, a la distribución interior o al aspecto exterior sin alterar parámetros esenciales (número de viviendas, uso del suelo, altura, volumen o posición del edificio) no requieren la paralización de los trabajos

Como EPCU, ADDIENT revisa y certifica las MTO durante el transcurso de las obras, validando la idoneidad técnica de los cambios e integrándolos en el expediente sin interrumpir la ejecución del proyecto.

Requisitos

Requisitos

  • Requisitos para la tramitación:
    • Licencia urbanística de obras en vigor y dentro del plazo de ejecución concedido o prorrogado
    • Memoria y planos justificativos de la MTO elaborados por la dirección facultativa
    • Mantenimiento estricto de los parámetros urbanísticos esenciales aprobados en la licencia originaria
  • Exclusiones (Art. 156.1 y 156.3 LUIB):
    • Obras ejecutadas sin licencia previa, en situación de fuera de ordenación o sujetas a expedientes de disciplina urbanística.
    • Modificaciones sustanciales en obra que requieran la paralización y tramitación de un expediente de nueva licencia (Art. 156.1 LUIB).

Cómo se tramita

Cómo se tramita

  1. Presentación de la MTO: La dirección facultativa remite a ADDIENT la documentación explicativa de la modificación técnica.
  2. Verificación de no sustancialidad: Comprobación técnica de que los cambios no vulneran planeamiento ni alteran parámetros esenciales.
  3. Certificación de la MTO: ADDIENT emite el Certificado de Conformidad de la Modificación Técnica de Obra.
  4. Continuidad de obra: El certificado se notifica al Ayuntamiento y las obras continúan su ejecución normal con plena cobertura legal

Preguntas frecuentes

¿Sigues teniendo dudas?

Nuestros Profesionales te las Resolverán

¿Todas las modificaciones de una obra pueden tramitarse de la misma manera?

No. Si la modificación altera parámetros relevantes como el número de viviendas, uso del suelo, altura, volumen, situación de la edificación u ocupación máxima, las obras afectadas deben paralizarse mientras se tramita la modificación correspondiente.

¿Es necesario detener la obra si solo cambia la distribución interior?

No necesariamente. Las modificaciones de estructura, distribución interior o aspecto exterior pueden continuar durante su tramitación cuando no alteren los parámetros urbanísticos esenciales previstos por la ley. Esta posibilidad no resulta aplicable, entre otros casos, a determinados edificios protegidos.

¿Por qué conviene revisar las modificaciones antes de finalizar la obra?

Porque permite mantener el proyecto y la obra ejecutada correctamente coordinados y evitar incidencias posteriores en la comprobación final y en la licencia de primera ocupación. ADDIENT puede intervenir mediante EPCU también en estos procedimientos de modificación durante la ejecución.

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Cumplimiento Normativo

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Acompañamiento en Todo el Proceso

Soporte de un equipo Experto desde el inicio hasta el final