Qué es, cuándo se necesita y para qué sirve
Qué es, cuándo se necesita y para qué sirve
La calificación de vivienda de protección pública es el procedimiento mediante el cual una promoción se incorpora al régimen de vivienda protegida.
El procedimiento se desarrolla en dos fases:
- Calificación provisional: verifica que el proyecto cumple los requisitos exigidos para acceder al régimen de protección pública.
- Calificación definitiva: comprueba, una vez finalizadas las obras, que la promoción ejecutada se ajusta al proyecto y a las condiciones que permitieron obtener la calificación provisional.
ADDIENT como ECUV puede revisar la documentación y emitir un certificado de conformidad que acredita el cumplimiento de la normativa de vivienda protegida, diseño, habitabilidad, accesibilidad y calidad aplicable.
Requisitos
Requisitos
La documentación dependerá de si se solicita la calificación provisional o definitiva.
Con carácter general, puede requerirse:
- Proyecto técnico de la promoción.
- Documentación acreditativa de la persona promotora y del derecho sobre el solar.
- Justificación del cumplimiento del régimen de vivienda de protección pública.
- Cumplimiento de las condiciones de diseño, habitabilidad, accesibilidad universal y calidad.
- Para la calificación definitiva, documentación final de obra y proyecto de ejecución final.
- Otra documentación administrativa o técnica exigida por la normativa de vivienda protegida.
ADDIENT revisa previamente el expediente y verifica que cumple los requisitos necesarios para emitir el certificado de conformidad ECUV.
Cómo se tramita
Cómo se tramita
La persona promotora prepara el proyecto y la documentación correspondiente a la promoción. ADDIENT realiza la revisión técnica, verifica su adecuación a la normativa de vivienda protegida y resuelve junto al equipo técnico las posibles incidencias.
Cuando el resultado es favorable, emitimos el certificado de conformidad ECUV, que se presenta junto con la solicitud de calificación ante el servicio territorial competente en materia de vivienda.
Las solicitudes acompañadas de certificado ECUV no requieren informe técnico del servicio territorial, que comprueba el contenido mínimo del certificado antes de emitir la resolución correspondiente.
El mismo procedimiento puede aplicarse tanto a la calificación provisional como a la calificación definitiva de las viviendas de protección pública.