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Realizamos inspecciones reglamentarias de protección contra incendios (PCI) a nivel nacional como Organismo de Control (OCA), verificando que los establecimientos y sus instalaciones cumplen las condiciones de seguridad exigidas por la normativa vigente.

Qué es, cuándo se necesita y para qué sirve

Qué es, cuándo se necesita y para qué sirve

La inspección de Protección Contra Incendios (PCI) permite comprobar el estado, funcionamiento y adecuación reglamentaria de los sistemas y medidas de protección contra incendios de un establecimiento.

Como OCA, ADDIENT realiza:

  • Inspecciones iniciales y periódicas en establecimientos industriales, conforme al RSCIEI.
  • Inspecciones periódicas de instalaciones PCI en establecimientos no industriales o industriales anteriores a la entrada en vigor del RD 2267/2004, conforme al RIPCI.

El RSCIEI vigente, aprobado por el Real Decreto 164/2025, establece con carácter general inspecciones periódicas de los establecimientos industriales al menos cada 5 años. En instalaciones sujetas al RIPCI sin una reglamentación específica, la inspección por organismo de control debe realizarse al menos cada 10 años.

Requisitos

Requisitos

Para realizar la inspección es necesario disponer de la documentación técnica y reglamentaria de las instalaciones de protección contra incendios.

Con carácter general, puede requerirse:

  • Proyecto o memoria técnica de las instalaciones.
  • Documentación de puesta en servicio y certificados correspondientes.
  • Registros de mantenimiento de los equipos y sistemas PCI.
  • Actas de inspecciones anteriores, cuando existan.
  • Documentación de modificaciones realizadas en el establecimiento o sus instalaciones.

ADDIENT revisa la documentación para determinar el alcance de la inspección y las comprobaciones necesarias.

Cómo se tramita

Cómo se tramita

El proceso está compuesto por la revisión documental y la inspección presencial del establecimiento, donde ADDIENT comprueba el estado y funcionamiento de los sistemas de protección contra incendios y su adecuación a la normativa aplicable.

Tras la inspección, emitimos el correspondiente acta de inspección. Si el resultado es favorable, queda acreditado el cumplimiento reglamentario en el alcance inspeccionado.

Cuando se detectan deficiencias, se indican las desviaciones detectadas y los plazos para su subsanación, realizando las comprobaciones posteriores que correspondan hasta acreditar su corrección.

Preguntas frecuentes

¿Sigues teniendo dudas?

Nuestros Profesionales te las Resolverán

¿Inspección RSCIEI e inspección RIPCI son lo mismo?

Sí. Tras la entrada en vigor del Real Decreto 164/2025 y la modificación del RIPCI, ya no es necesario solicitar una aprobación o autorización administrativa previa a la Comunidad Autónoma. El informe favorable emitido por un Organismo de Control habilitado como ADDIENT es suficiente para proceder a la ejecución de las instalaciones.

¿Qué instalaciones pueden requerir una inspección PCI?

Las instalaciones sujetas a inspección reglamentaria por un Organismo de Control Habilitado comprenden los establecimientos industriales (fábricas, almacenes industriales, talleres de vehículos y servicios auxiliares) obligados a realizar inspecciones periódicas cada 5 años e inspecciones iniciales previas a la puesta en servicio conforme al RSCIEI (Real Decreto 164/2025), así como los edificios y locales de uso terciario o no industrial (comerciales, aparcamientos o espacios de pública concurrencia de más de 500 m², oficinas o centros docentes de más de 2.000 m², centros sanitarios o inmuebles con zonas de riesgo especial o uso almacén) que deben someter sus instalaciones activas a inspección periódica cada 10 años conforme al RIPCI (Real Decreto 513/2017)

¿Qué pasa si la instalación PCI tiene defectos?

Si durante la inspección se identifican defectos o incumplimientos reglamentarios, el Organismo de Control emite un acta detallando las anomalías y fija un plazo máximo para que la propiedad aplique las medidas correctoras necesarias a través de una empresa instaladora o mantenedora habilitada. Una vez subsanadas las deficiencias dentro del plazo, se realiza la comprobación oportuna para emitir el acta con dictamen favorable; si las anomalías no se corrigen a tiempo o si representan un riesgo grave e inminente, la OCA está obligada a emitir un certificado con calificación negativa y notificarlo de inmediato al órgano competente en materia de Industria de la Comunidad Autónoma, lo que puede acarrear la incoación de expedientes sancionadores o el cese temporal de la actividad.

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