El Ayuntamiento de Madrid ha publicado un criterio interno de la Agencia de Actividades, la Dirección General de la Edificación Medio Ambiente y Movilidad, para unificar la correspondencia entre los tipos de obras definidos en la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) y los previstos en las Normas Urbanísticas del PGOU de Madrid, tras su modificación de 8 de noviembre de 2023
Este criterio resulta especialmente relevante porque ayuda a determinar cuándo una actuación requiere Proyecto Técnico de Obras de Edificación (PTOE) y por lo tanto, cual es el procedimiento correcto de tramitación (LU o DR) conforme la Ordenanza de licencias y declaraciones responsables de urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid de 26 de abril de 2022 (OLDRUAM).
¿Cuál es el objetivo del criterio?
La finalidad es aportar mayor claridad en la clasificación de las obras y establecer una interpretación homogénea entre la normativa estatal de edificación y la normativa urbanística municipal.
Esta coordinación es clave para preparar expedientes con mayor seguridad, evitando errores de encaje, requerimientos posteriores o cambios de procedimiento durante la tramitación.
Actuaciones que requieren especial análisis
El criterio pone el foco en aquellas intervenciones en las que puede resultar necesario justificar si la obra queda sujeta a proyecto LOE, especialmente en casos como:
- Obras de nueva planta, sustitución, ampliación o reconstrucción.
- Intervenciones en edificios existentes que alteren su configuración arquitectónica.
- Cambios de uso característico del edificio.
- Actuaciones que afecten a estructura, volumetría o composición exterior.
- Obras en edificios catalogados, protegidos o situados en ámbitos con algún régimen de protección.
¿Por qué es importante para tu expediente?
La correcta clasificación de la actuación desde el inicio permite preparar un expediente más sólido, coherente y alineado con los criterios municipales. Un encaje incorrecto puede generar requerimientos, demoras o la necesidad de reconducir la tramitación una vez iniciado el procedimiento. Por ello, revisar previamente el tipo de obra, el alcance técnico, la posible afección estructural, el cambio de uso o la protección del inmueble resulta esencial.
¿Cómo te ayuda ADDIENT Madrid?
En ADDIENT Madrid, como Entidad Colaboradora Urbanística (ECU), revisamos el encaje técnico y urbanístico de cada actuación para ayudaros a presentar expedientes completos y correctamente planteados desde el inicio.