Plan General de Ordenación Urbana de Madrid Suspensión Licencias

Publicado el 6/06/2022

Acuerdo para la aprobación inicial de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid daba luz verde, el 6 de junio, a la modificación de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana. Será la mayor actualización urbanística de los ultimos 25 años en la capital. Te informamos de cómo afecta a la tramitación de licencias y efectos de las declaraciones responsables.

Acuerdo para la aprobación inicial de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid

Con fecha 06/06/2022 la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid adoptaba el Acuerdo de Aprobación Inicial de Modificación de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de 1997. 

 En el apartado CUARTO de dicho acuerdo se establecía la suspensión de la tramitación de licencias y efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a esa fecha y que fueran afectadas por las previsiones de la modificación, con la excepción de la primera ocupación y funcionamiento y las que pudieran resultar afectadas por ciertos artículos.

Como ampliación de la explicación de dicha suspensión, la Dirección General de Planeamiento ha facilitado dos documentos de ayuda para facilitar el entendimiento de aquellas cuestiones que pueden suponer la imposibilidad de solicitar licencia o declaración responsable

Podeis consultar los documentos: ( bajo estas líneas)

1- Dirección general de Planeamiento, Madrid. Familias de propuestas y suspensión ( documento de 
ayuda no vinculante)

2. Dirección general de Planeamiento, Madrid.Familias de propuestas, síntesi y suspensión (documento e ayuda no vinculante)

Accede a más información sobre la Modificación de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 

 

El Ayuntamiento de Madrid aprueba la modificación de las normas urbanísticas con el objeto de "adaptar el urbanismo a la realidad del siglo XXI"

Las principales novedades son: 

  •  El ‘factor verde’, con incentivos para los edificios más eficientes y sostenibles
  • La regulación de las cocinas agrupadas
  • La elimininación de requisitos, considerados obsoletos, como la exigencia de plazas de aparcamiento obligatorias en zonas donde ya está restringida la entrada de coches

El Ayuntamiento de Madrid, que apostaba hace una año por la actualización urbanística más ambiciosa que se ha hecho en los últimos 25 años, recibía la luz verde del Pleno del Ayuntamiento, el pasado lunes 6 de junio, con la aprobación del avance de la modificación de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, tras un año escuchando las sugerencias de la sociedad civil.


Según el Ayuntamiento de Madrid, esta nueva guía, persigue adecuar el urbanismo de la capital al presente y futuro de la ciudad, adaptar las normas a las necesidades de la sociedad y abrirse a las nuevas tendencias europeas, a la inversión y al empleo. 

Se plantean mejoras en:

  • materia de sostenibilidad;
  • se apuesta por novedades en lo residencial, dotacional, logístico y uso terciario
  • se apuesta por edificios más verdes y confortables
  • se da una mayor claridad y seguridad jurídica en todos los ámbitos, etc

Más seguridad jurídica

Con esta modificación, "se cambia el lenguaje complejo propio de la administración por uno comprensible y se unifican todos los criterios interpretativos publicados en dos décadas sobre artículos del plan general, es decir, se da seguridad jurídica". 
Además, se adaptan los tiempos de la administración a los de la sociedad, eliminando trámites reiterativos como ocurre, por ejemplo, con los planes especiales de control urbanístico ambiental (PECUAU) que incluyen las mismas comprobaciones que se hacen luego en el proceso de licencia. Por eso, se elimina esta exigencia de PECUAU sin rebajar los requisitos medioambientales ni los controles que ejercía, que seguirán haciéndose. Tal como se explida desde el Ayuntamiento de Madrid: "esto supone ganar un media de año y medio de tiempo a la hora de tener el visto bueno a un proyecto".

Viviendas confortables

Se atiende a las nuevas tendencias que demandan los ciudadanos y se actualizan las condiciones de confort de las viviendas con medidas como:

  • que las terrazas y los cuartos de instalaciones en plantas de piso no computen a efectos de edificabilidad,
  • potenciando los balcones y balconadas tanto en las construcciones nuevas como en las existentes.
  • Tampoco computarán a efectos de edificabilidad los trasteros.
  • También se permitirán los miradores con persiana, que hasta ahora no se podían poner
  • Se liberan las azoteas de los edificios, para que sean transitables y utilizables.

El factor verde

Quien apueste por fachadas y cubiertas verdes y elementos de sostenibilidad y eficiencia energética verá recompensada su apuesta. Los elementos de producción de energía sostenible o elementos constructivos de mejora de la eficiencia, así como los cuartos para guardar vehículos de movilidad sostenible como las bicicletas no computarán a efectos de edificabilidad o porque a mayor superficie ‘vegetal’ se aplicará un factor verde que permitirá optimizar el espacio libre de parcela.

La vivienda residencial compartida o cohousing

De acuerdo con las nuevas formas de habitar,  el documento incluye el cohousing dentro del residencial, redefiniendo las condiciones de vivienda mínima, permitiendo una reducción a cambio de la creación de una misma superficie en zona común. También se da entrada al coliving en edificio exclusivo, una nueva categoría en el uso de vivienda denominada ‘residencial compartida’. 

La normativa se actualiza para "dar vida al centro" y mejorar la ciudad consolidada, dotándola de proyectos respetuosos y viables. Se reescriben las reglas para facilitar la intensificación de usos que permita generar más vivienda en el centro de Madrid. También se impulsa la recuperación de patios de manzana con soluciones bioclimáticas. Unas normas encaminadas a respetar más los edificios, la arquitectura, el patrimonio y la historia de la ciudad. 

 

El uso terciario

En lo referente a los usos terciarios, el Ayuntamiento de Madrid indica que "el objetivo es establecer unas reglas del juego claras". La modificación de las normas urbanísticas integra el Plan Especial de Hospedaje, incluido sus anillos, por lo que las viviendas de uso turístico no experimentan cambio alguno y quedan sujetas a ese plan, actualmente en vigor y avalado por los tribunales, que exige acceso independiente, un aspecto que la Comunidad de Madrid, competente en esta materia, también pide mantener.

Se actualizan los aforos de los locales conforme al Código Técnico de la Edificación, una norma mucho más actual que el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997. Se elimina la exigencia obligatoria de dotación de aparcamiento en aquellas zonas donde no se permite llegar coches, contribuyendo a potenciar otros modos de movilidad más sostenible.

Más actividad, más empleo

En cuanto a las cocinas agrupadas, se prima su implantación en polígonos industriales y se limita su actividad en zonas residenciales, al igual que ocurre con el uso almacenaje con reparto a domicilio y la logística, marcando un criterio claro en cuanto a su posible impacto en el entorno.

Así, se limita su implantación en ámbitos residenciales a locales de uso industrial con un máximo de 350 metros cuadrados, con la obligación de que tengan en el interior del establecimiento las zonas de espera, carga y descarga y estancia de los transportistas. El máximo de cocinas permitidas será de ocho. Además, se exigirá un estudio de movilidad para conocer el impacto que tendrá en la zona. Esta norma se aplicará también a la norma zonal 9 (zona industrial) que quede dentro de ámbitos residenciales. 

Antecedentes

El pasado 16 de agosto de 2021 se publicaba en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se adoptaba, entre otras cuestiones, someter al trámite de información pública el Avance de la modificación de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de 1997.

La modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Madrid, cuya tramitación se iniciaba con el documento de Avance, puede suponer, sin duda, un importante antes y después de determinados preceptos de las normas urbanísticas del PGOU, aprobados el 17 de abril de 1997.

 

Addient, Entidad Colaboradora Urbanística ECU MADRID
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